Ayer les comentaba de la ridícula prohibición por parte de las autoridades del organismo de radiodifusión francés del uso de los términos asociados con Twitter o Facebook por parte de la radio y la TV de ese país.
A eso ahora se le suma la decisión de una corte que decidió sentenciar al administrador de un foro/buscador de ficheros del tipo torrent, ya que dicen que tener la palabra torrent en la URL del sitio significa que están fomentando que se cometa una infracción.
Según la corte,
Los documentos incluyen una declaración del Tribunal de Justicia que dice que «.los nombres de estos sitios [cuando incluyen la palabra ‘torrent’ ] fomentan actividad ilegal. Sitios de Torrent son accedidos por los usuarios del protocolo BitTorrent, que tiene un objetivo principal, si no único, de permitir la descarga de obras protegidas por copyright. »
En pocas palabras, teniendo la palabra «torrent» en un nombre de dominio puede ser razón suficiente para suponer malas intenciones.
Decisión totalmente ridícula, de personas que evidentemente no entienden sobre tecnología.
[Fuente TechDirt]