17 noviembre 2024

Social Media. Al servicio de la justicia‏

”Este artículo ha sido escrito por Manuel Martinez Aroca, jurista español, amante de su Barcelona, entusiasta de Twitter e interesado en historia, relaciones internacionales y nacionales también, además de ser un Geek curioso, al que le gusta compartir sus conocimientos con los demás.  Es un gusto compartir con ustedes su opinión en este delicado tema como es el de la suplantación de identidad en redes y la solución española, junto con su investigación y resultado.  Lo pueden encontrar en Twitter @ManelFMartinez“ 

The Times explica hoy como el desarrollo de los social media puede alcanzar, y facilitar mucho el funcionamiento del mundo jurídico y judicial.

Hablamos de cosas reales y prácticas. Citar a una persona a juicio, ya sea civil, ya sea penal, para acudir testigo o incluso, para escucharle como denunciado o comunicarle la decisión definitiva, no es siempre tarea fácil. Puede ocurrir que se desconozca el domicilio de la persona, a efectos de enviarle la oportuna carta con la citación judicial, puede que haya cambiado de domicilio y se desconozca el actual, o incluso que no se sepa como ubicar a esa persona.
Acudir a la policía para que proceda a realizar la averiguación de domicilios y paraderos de todas esas personas, perdidas, jurídicamente, en ocasiones excede las competencias que les corresponden y además supone siempre un gasto público casi excesivo. En Estados Unidos ha sido siempre una tarea no policial.

Hoy día, tenemos otros medios a nuestro alcance. Las redes sociales. Efectivamente, es posible que esa persona requerida tenga un perfil de Facebook, no siquiera una página, o una cuenta activa en Twitter.

Puede esa persona haber cambiado de domicilio, incluso de ciudad, pero su Facebook le sigue donde esté.

Si esto es así, ¿por qué no utilizar social media para comunicar a alguien que está denunciado en un procedimiento penal, o que es como presunto testigo de una infracción debe comparecer a declarar, etc?

El High Court de Inglaterra (no afecta obviamente a Escocia) -una especie de Tribunal de Apelación sin equivalente directo en sistemas europeos continentales, al menos no en España, pero cercano al Tribunal Supremo-, ha dado formalmente luz verde a las citaciones, puestas en conocimiento y emplazamientos vía Facebook. Lo que supone la plena validez jurídica a la citación, y notificación a implicados en procesos penales, en este caso, cuando no existe forma de ponerse en contacto con los interesados, o la que existe es ridículamente compleja. Se recurre entonces a la red social. Y eso por consta, se puede comprobar que esa persona interacciona en redes. Algo sencillo de comprobar.

Curiosamente en un país como España esta previsto, pero muy limitado el uso del en el ámbito jurídico de herramientas tales como el email, el paso a las redes sociales supone un salto vertiginoso… ¿Lo imagináis?
Este servicio es habitual y aceptado en Australia y Nueva Zelanda desde 2009.

Un nota para idealistas un Juzgado -County Court- inglés notificó en 2010 una sentencia por delito menor al acusado, via Twitter.

Es un comienzo

[Fuente: The Times; High Court]

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